INFORME n.° DFOE-SOS-IF-00006-2021
28 de octubre, 2021
INFORME DE SITUACIONES SIGNIFICATIVAS DE CONTROL
IDENTIFICADAS EN LA AUDITORÍA FINANCIERA DE LOS
ESTADOS FINANCIEROS DE LA FÁBRICA NACIONAL DE
LICORES AL 31 DE DICIEMBRE DE 2020
2021
CONTENIDO
Introducción 5
Origen de la Auditoría 5
Objetivo 5
Alcance 5
Criterios de Auditoría 6
Metodología aplicada 6
Generalidades acerca del objeto auditado 6
Comunicación Preliminar de los resultados de la Auditoría 7
Resultados 7
Reconocimiento, medición y control de los activos fijos 7
Debilidades en el reconocimiento de los costos, la revaluación, y en el análisis de indicios
de deterioro del valor de los activos fijos 7
Registro y control de derechos y obligaciones 10
Debilidades de control relacionadas con las Cuentas por Pagar, Cuentas por Cobrar y
Provisión de Cobranza Dudosa 10
Revelación de contingentes y reconocimiento de provisiones 13
Debilidades en el tratamiento y revelación de las contingencias 13
Suficiencia y calidad de las revelaciones 14
Debilidades de la información revelada en las notas explicativas de los estados
financieros 14
Conclusiones 16
Disposiciones 16
A LA JUNTA DIRECTIVA DEL CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN 16
A LICDA. ISABEL QUIRÓS SÁNCHEZ A EN SU CALIDAD DE GERENTE GENERAL DEL
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN O A QUIEN EN SU LUGAR OCUPE EL CARGO 17
AL LIC. JOSÉ DAVID RUIZ PIEDRA EN SU CALIDAD DE ADMINISTRADOR GENERAL DE
LA FÁBRICA NACIONAL DE LICORES O A QUIEN EN SU LUGAR OCUPE EL CARGO 17
CUADROS
CUADRO N.°. 1. DIFERENCIA ENTRE LA REVALUACIÓN NETA Y EL SUPERÁVIT POR REVALUACIÓN 8
CUADRO N.°. 2. EJEMPLOS DE MOVIMIENTOS EN LOS QUE LA FANAL NO REGISTRA EL IVA EN LA ADQUISICIÓN
Y MEJORA DE BIENES DURADEROS 9
- 2 -
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
http://www.cgr.go.cr/
Resumen Ejecutivo
¿QUÉ EXAMINAMOS?
La auditoría tuvo como propósito anal ...
Fecha publicación: 02/11/2021
Fecha emisión: 28/10/2021
Institución: FABRICA NACIONAL DE LICORES (FANAL)
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Sostenible
Tipo documental: INFORMES DE FISCALIZACIONES
Proceso: AUDITORIA FINANCIERA
Año: 2021
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo Sostenible
Al contestar refiérase
al oficio n.° 16765
28 de octubre, 2021
DFOE-SOS-0283
Señor
José David Ruiz Piedra
Administrador General
FÁBRICA NACIONAL DE LICORES
Estimado señor:
Asunto: Remisión del Informe n.° DFOE-SOS-IF-00006-2021 sobre las situaciones
significativas de control interno identificadas en la auditoría financiera de los
estados financieros de la Fábrica Nacional de Licores al 31 de diciembre de
2020
Me permito remitirles el Informe n.° DFOE-SOS-IF-00006-2021, preparado por esta
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, en el cual se consignan los resultados de la
Auditoría Financiera de los Estados Financieros de la Fábrica Nacional de Licores al 31 de
diciembre de 2020.
La información que se solicita en este informe para acreditar el cumplimiento de las
disposiciones, deberá remitirse, en los plazos y términos fijados, a la Gerencia del Área de
Seguimiento para la Mejora Pública del Órgano Contralor, observando los “Lineamientos
generales para el cumplimiento de las disposiciones y recomendaciones emitidas por la
Contraloría General de la República en sus informes de auditoría”, emitidos mediante
Resolución n.° R-DC-144-2015, publicada en La Gaceta n.° 242 del 14 de diciembre del 2015.
Al respecto, se le solicita, en su condición de destinatario de las disposiciones contenidas
en los siguientes párrafos: n.° 4.7 al n.° 4.11, emitidas por esta Contraloría General en el citado
informe de auditoría, remitir la indicación de un correo electrónico como medio oficial de
notificación.
Asimismo, se le recuerda que las disposiciones señaladas en el aparte 4 del informe de
cita, son de acatamiento obligatorio y deberán ser cumplidas dentro de los plazos y términos
conferidos para ello. En caso de que se incumpla con esas disposiciones en forma injustificada
una vez agotado el plazo otorgado para cumplir con la disposición, este Órgano Contralor p ...
Fecha publicación: 02/11/2021
Fecha emisión: 28/10/2021
Institución: FABRICA NACIONAL DE LICORES (FANAL)
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Sostenible
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: AUDITORIA FINANCIERA
Año: 2021
INFORME N.° DFOE-SOS-IF-00005-2021
27 de setiembre de 2021
INFORME DE OPINIÓN SOBRE LOS ESTADOS
FINANCIEROS DE LA FÁBRICA NACIONAL DE
LICORES AL 31 DE DICIEMBRE DE 2020
2021
INFORME DE OPINIÓN SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE LA FÁBRICA
NACIONAL DE LICORES AL 31 DE DICIEMBRE DE 2020
Señor
Marlon Antonio Monge Castro
Presidente Junta Directiva
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN
INFORME DE AUDITORÍA FINANCIERA
Opinión
1.1. La Contraloría General de la República realizó la auditoría de los Estados
Financieros de la Fábrica Nacional de Licores (FANAL), la cual pertenece al
Consejo Nacional de Producción (CNP) que la administra como una unidad
adscrita de conformidad con el artículo 50 de la Ley n.° 2035. Esta auditoría
comprendió el Balance de Situación Financiera al 31 de diciembre de 2020, el
Estado de Rendimiento Financiero, el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y
el Estado de Flujos de Efectivo, correspondientes al período terminado en dicha
fecha, así como las notas explicativas de estos estados financieros.
1.2. En opinión de la Contraloría General de la República, debido a lo expresado en los
párrafos de la sección Fundamento de la opinión adversa, los estados financieros
examinados no se presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes
de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
Fundamento de la opinión adversa
1.3. Respecto del saldo de las cuentas de Maquinaria, Equipo y Mobiliario por ?5.0931
millones, así como las de Terrenos y de Edificios por ?1.226 millones y ?5.474
millones, respectivamente, se utiliza el modelo de revaluación para medir el costo
de sus bienes duraderos; no obstante, el último avalúo que realizó fue en el
período 2012. Al respecto, la NIC 16: Propiedades, Planta y Equipo, establece que
las revaluaciones deben realizarse con suficiente regularidad para asegurar que el
importe en libros no difiera significativamente del que podría determinarse
utilizando el valor razonable al ...
Fecha publicación: 30/09/2021
Fecha emisión: 27/09/2021
Institución: FABRICA NACIONAL DE LICORES (FANAL)
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Sostenible
Tipo documental: INFORMES DE FISCALIZACIONES
Proceso: AUDITORIA FINANCIERA
Año: 2021
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
R-DCA-00225-2021
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las doce horas once minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno.-----------
RECURSO DE OBJECIÓN interpuesto por SEGURIDAD Y VIGILANCIA SEVIN LIMITADA en
contra del cartel de la Licitación Pública No. 2021LN-000002-PV, promovida por la FÁBRICA
NACIONAL DE LICORES (CONSEJO NACIONAL DE LA PRODUCCIÓN), para el servicio de
vigilancia de instalaciones.--------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Que el 12 de febrero de 2021, el objetante presentó ante la Contraloría General de la
República recurso de objeción en contra del cartel de la Licitación Pública No. 2021LN-000002-
PV, promovida por la Fábrica Nacional de Licores.------------------------------------------------------------
II. Que mediante auto de las 11 horas 22 minutos del 15 de febrero de 2021, esta División
otorgó audiencia especial a la Entidad licitante para que se pronunciara sobre el recurso de
objeción interpuesto. Dicha audiencia fue atendida mediante oficio No. GG-OFIC-143-2021 del
18 de febrero de 2021, el cual se encuentra incorporado al expediente digital de la objeción. -----
III. Que la presente resolución se emite dentro del plazo de ley, y en su trámite se han
observado las prescripciones legales y reglamentarias correspondientes. ------------------------------
CONSIDERANDO
I. SOBRE EL FONDO. 1) Condiciones Específicas. Educación secundaria. Indica el
objetante que el cartel solicita que los agentes de seguridad tengan aprobado segundo año de
educación secundaria. Menciona que ello no se justifica según las funciones a desarrollar, ya
que con aprobar el cumplimiento el segundo ...
Fecha publicación: 26/02/2021
Fecha emisión: 23/02/2021
Institución: FABRICA NACIONAL DE LICORES (FANAL)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Año: 2021
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
AUDIENCIA ESPECIAL
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las once horas veintidós minutos del quince de febrero de dos mil veintiuno ----------
RECURSO DE OBJECIÓN interpuesto por SEGURIDAD Y VIGILANCIA SEVIN LIMITADA,
en contra del cartel de la LICITACIÓN PÚBLICA 2021LN-000002-PV promovida por el
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN (FANAL) para contratación de servicios de
vigilancia de instalaciones de FANAL.------------------------------------------------------------------------------
De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 81 y 82 de la Ley de Contratación Administrativa,
178 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y 9 del Reglamento de
Notificaciones de los productos que emite la División de Contratación Administrativa de la
Contraloría General de la República se confiere AUDIENCIA ESPECIAL por el plazo de TRES
DÍAS HÁBILES a la Administración licitante, para que se refiera por escrito DE MANERA
AMPLIA Y BIEN FUNDAMENTADA a los argumentos expuestos por el objetante. El plazo
conferido se contabiliza a partir del día siguiente al de la notificación de este auto. Asimismo, se
advierte a la Administración que deberá remitir copia completa de la última versión del cartel de
la contratación de conformidad con lo establecido en el artículo 10 inciso e) del Reglamento de
la Ley de Contratación Administrativa, y de ser necesario extender el plazo establecido para
recibir ofertas, considerando el plazo que tiene este órgano contralor para emitir y notificar la
resolución final. Para la contestación de la presente audiencia se le indica a la Administración
que el recurso se encuentra disponible en el folio 1 el expediente digital de la objeción,
documento ...
Fecha publicación: 15/02/2021
Fecha emisión: 15/02/2021
Institución: FABRICA NACIONAL DE LICORES (FANAL)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUDIENCIA ESCRITA
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Año: 2021
1
2
Lic. Francisco Jiménez Villegas
20 de diciembre, 2002
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio Nº 16495
20 de diciembre, 2002
DI-AA-4151
Licenciado
Francisco Jiménez Villegas
Asesor Legal
Fábrica Nacional de Licores
Estimado señor:
Asunto: Refrendo a la ampliación del contrato de servicios de publicidad, promoción, divulgación y asesoría Técnica en el área de mercadeo, celebrado entre el Consejo Nacional de Producción con la empresa Mc Erickson Centroamericana S.A.
Damos respuesta a su Oficio N° AL-N° 242-2002 de 18 de noviembre del año en curso, mediante el cual solicita el refrendo a la ampliación del contrato de servicios de publicidad, promoción, divulgación y asesoría Técnica en el área de mercadeo, celebrado entre ese Consejo con la empresa Mc Erickson Centroamericana S.A.
Sobre el particular y una vez analizado el expediente de la contratación debemos indicarle lo siguiente:
I. Antecedentes.
1. El contrato principal fue suscrito por las partes el 6 de setiembre del año 2001 y refrendado por esta Contraloría General el 1 de octubre del año 2001.
2. En la cláusula sexta del documento se establecía que el contrato tendría una vigencia de un año, contado a partir del refrendo de esta Contraloría General, pudiendo ser renovado por dos períodos iguales.
3. Mediante nota ADC N° 647-02 de 8 de noviembre del 2002, el Ing. Carlos Pacheco Chinchilla, Administrador de FANAL dirige un oficio a la gerencia general de la empresa en el que le señala que dada la vigencia del contrato, éste feneció el 1 de octubre del 2002 por lo que solicita le informe si está en disposición de ampliar el objeto del contrato al amparo de lo que dispone el artículo 14.5 del Reglamento general de la Contratación Administrativa
4. La empresa contratista por nota de fecha 8 de noviembre del 2002, manifiesta que está en disposición de ampliar el objeto del contrato al amparo de la norma aludida ...
Fecha publicación: 23/12/2002
Fecha emisión: 20/12/2002
Institución: FABRICA NACIONAL DE LICORES (FANAL)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2002
1
2
DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
Al No. 15592
9 de diciembre, 2002
DAGJ-2033-2002
Ingeniero
Carlos Cruz Chang
Administrador General
FÁBRICA NACIONAL DE LICORES
Estimado señor:
Asunto: Se concede autorización para arrendar directamente tanques de almacenamiento para alcohol a los ingenios Taboga S.A. y Catsa S.A., por un plazo de 4 meses y un monto total de ¢5.880.000
Nos referimos al oficio AL. No. 247-002 del 19 de noviembre del presente año, suscrito por el anterior Administrador General ingeniero Carlos Manuel Pacheco Chinchilla, mediante el cual solicita nuestra autorización para arrendar directamente tanques de almacenamiento para alcohol a los ingenios Taboga S.A. y Catsa S.A., por un plazo de 4 meses, a razón de ¢735.000 mensuales a cada uno, sea un monto total de ¢5.880.000.
I. Justificación de la solicitud.
1) FANAL ejerce en el país un monopolio respecto a la elaboración, producción y comercialización de alcohol etílico para uso industrial y licorero y de ron.
2) La elaboración de sus productos se realiza con base en alcohol que se le compra a los ingenios Taboga S.A., y Catsa S.A, únicos en el país con capacidad para la producción de alcohol.
3) De conformidad con los dispuesto en el artículo 443, inciso d) del Código Fiscal, los ingenios que producen alcohol en el país, están obligados a vender exclusivamente a FANAL sus productos cuando sean para consumo interno.
3) Para el año 2003 se requiere la adquisición de 2.1 millones de litros de alcohol tipo B a cada uno de los referidos ingenios, sea un total de 4.2 millones de litros.
5) En esos dos ingenios existen limitantes respecto de la capacidad de almacenamiento de alcohol una vez que comienzan el proceso productivo del alcohol, pues no cuentan con tanques que permitan su almacenamiento mientras ...
Fecha publicación: 13/12/2002
Fecha emisión: 10/12/2002
Institución: FABRICA NACIONAL DE LICORES (FANAL)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
Año: 2002
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS AGROPECUARIOS Y DE MEDIO AMBIENTE
Al contestar refiérase
al oficio Nº
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS AGROPECUARIOS Y DE MEDIO AMBIENTE
Al contestar refiérase
al oficio Nº 15663
11 de diciembre, 2002
FOE-AM-614
Ingeniero
Carlos Cruz Chang
Administrador General
Fabrica Nacional de Licores
Estimado señor:
Asunto:
Se deniega solicitud para presentar modificación presupuestaria en forma extemporánea.
Por indicación de la Gerencia de División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, damos respuesta al oficio D.F: 1205 de fecha 4 de diciembre mediante el que solicita nuevamente presentar para su tramite una modificación externa en forma extemporánea con el propósito de ajustar el contenido presupuestario en la subpartida por concepto de “comisiones”, al respecto le indicamos que no es posible acceder a lo solicitado, en vista de la prioridad y programación que esta División de Fiscalización mantiene, en aras de cumplir con el precepto constitucional contenido en el artículo 184 de la Constitución Política de la República de Costa Rica referente a examinar, aprobar o improbar los presupuestos (en este caso los ordinarios) correspondientes al ejercicio de 2003.
En este sentido y con el propósito de programar, entre otras cosas, la carga de trabajo que debe realizar este órgano contralor durante el cuarto trimestre de cada año, debemos apegarnos a las disposiciones sobre la presentación de documentos presupuestarios, relativas tanto a los requerimientos de información, como sobre los plazos de presentación de los documentos, es así como se ha comunicado a las distintas entidades y órganos, mediante la Circular 14919 de diciembre de 1994, que la Contraloría General recibiría los presupuestos extraordinarios y las modificaciones externas en el periodo comprendido entre el 1° de enero y el 30 de setiembre de cada año. En este caso particular, correspo ...
Fecha publicación: 13/12/2002
Fecha emisión: 10/12/2002
Institución: FABRICA NACIONAL DE LICORES (FANAL)
Emite: HIST. SERVICIOS AGROP. Y DE MEDIO AMB.
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
Año: 2002
DIVISION DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
PAGE
2
Licda. Eduviges Zúñiga Vásquez 26 de setiembre, 2002
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11513
26 de setiembre, 2002
DI-AA-3011
Licenciada
Eduviges Zúñiga Vásquez
Asistente, Asesoría Legal
Fábrica Nacional de Licores
Estimada señora:
Asunto: Criterio en relación con la fórmula matemática de revisión del precio, según contrato suscrito entre ese Fábrica y la empresa Limpiolín S.A.
Nos referimos a su oficio No. AL No. 168-02 de 30 de agosto del año en curso, recibido por este Órgano Contralor el 03 de setiembre último, mediante el cual nos remite para su aprobación, la fórmula matemática de revisión del precio, incluida en el segundo addendum al contrato de servicios de limpieza, suscrito entre esa Institución y empresa Limpiolin Sociedad Anónima.
Sobre el particular me permito comunicarle, luego de la revisión pertinente se encontró que, nuevamente, la misma no se ajusta a los requerimientos que sobre el particular establece esta Contraloría General por cuanto:
1. Al sumar los porcentajes asignados a los elementos que componen el precio, no totalizan el 100%.
2. El porcentaje asignado al elemento “Utilidad”, resulta sumamente bajo, si se compara con el porcentaje que le asignan otras empresas que se dedican a la prestación del mismo servicio, a no ser que se nos justifique adecuadamente.
Así las cosas, para que la fórmula matemática pueda ser aplicada, deberán realizarse las citadas correcciones, todo lo cual deberá plasmarse en el addendum respectivo, y ser remitido nuevamente a este Órgano Contralor para la aprobación correspondiente En este sentido, no omitimos señalar que esta Unidad esta en la mayor disposición de darle un trámite expedito a su futura gestión.
Atentamente,
Lic. Juan Gerardo Jiménez Jiménez, MBA
Fiscalizador
Anexo: Un expediente
JGJJ/sms
ci: Archivo Central
Ni: ...
Fecha publicación: 29/09/2002
Fecha emisión: 26/09/2002
Institución: FABRICA NACIONAL DE LICORES (FANAL)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
Año: 2002
1
2
Licda. Eduviges Zúñiga Vásquez
16 de mayo, 2002
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio Nº 05535
16 de mayo, 2002
DI-AA-1534
Licenciada
Eduviges Zúñiga Vásquez
Asesoría Legal
Fábrica Nacional de Licores
Estimada señora:
Asunto: Contrato de servicio de transporte de personal suscrito con la empresa RIBASA S.A.
Damos respuesta a su oficio No. 063-02 del 02 de abril del año en curso, recibido por este Órgano Contralor el 10 de abril último, mediante el cual nos remite para trámite de refrendo el contrato de servicio de transporte de personal suscrito entre el Consejo Nacional de Producción, División Fábrica Nacional de Licores y Servicios Especiales de Autobuses RIBASA Sociedad Anónima, así como un Addendum al mismo.
Una vez revisada la contratación de mérito así como los documentos que constan en el expediente aportado, procedemos a indicar lo siguiente:
Tal y como lo indicara este Órgano Contralor al Consejo Nacional de Producción en el oficio No. 1615 del 10 de febrero de 1993, al darse el traslado de la sede de FANAL del Área Metropolitana a Grecia en 1993, se tiene por demostrado la existencia de un ius variandi en las condiciones laborales de los funcionarios que trabajaban para la Institución en ese entonces.
Ahora bien, es justamente ese ius variandi lo que constituye fundamento legal para que la Institución procediera a dar el servicio de transporte gratuito a sus empleados, como una forma de compensar los perjuicios causados a aquellos trabajadores que en su oportunidad se vieron afectados por el traslado de sede. Con base en estas consideraciones, este Despacho procede a devolver la contratación de mérito con el refrendo correspondiente.
Sin embargo, dicha aprobación se otorga condicionada a las siguientes observaciones:
1. Por la misma razón que da fundamento a la contratación, se advierte que dicho servicio de transporte será procedente en el tanto su ...
Fecha publicación: 19/05/2002
Fecha emisión: 16/05/2002
Institución: FABRICA NACIONAL DE LICORES (FANAL)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2002