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institución:FABRICA NACIONAL DE LICORES (FANAL)
 

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INFORME n.° DFOE-SOS-IF-00006-2021 28 de octubre, 2021 INFORME DE SITUACIONES SIGNIFICATIVAS DE CONTROL IDENTIFICADAS EN LA AUDITORÍA FINANCIERA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE LA FÁBRICA NACIONAL DE LICORES AL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 2021 CONTENIDO Introducción 5 Origen de la Auditoría 5 Objetivo 5 Alcance 5 Criterios de Auditoría 6 Metodología aplicada 6 Generalidades acerca del objeto auditado 6 Comunicación Preliminar de los resultados de la Auditoría 7 Resultados 7 Reconocimiento, medición y control de los activos fijos 7 Debilidades en el reconocimiento de los costos, la revaluación, y en el análisis de indicios de deterioro del valor de los activos fijos 7 Registro y control de derechos y obligaciones 10 Debilidades de control relacionadas con las Cuentas por Pagar, Cuentas por Cobrar y Provisión de Cobranza Dudosa 10 Revelación de contingentes y reconocimiento de provisiones 13 Debilidades en el tratamiento y revelación de las contingencias 13 Suficiencia y calidad de las revelaciones 14 Debilidades de la información revelada en las notas explicativas de los estados financieros 14 Conclusiones 16 Disposiciones 16 A LA JUNTA DIRECTIVA DEL CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN 16 A LICDA. ISABEL QUIRÓS SÁNCHEZ A EN SU CALIDAD DE GERENTE GENERAL DEL CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN O A QUIEN EN SU LUGAR OCUPE EL CARGO 17 AL LIC. JOSÉ DAVID RUIZ PIEDRA EN SU CALIDAD DE ADMINISTRADOR GENERAL DE LA FÁBRICA NACIONAL DE LICORES O A QUIEN EN SU LUGAR OCUPE EL CARGO 17 CUADROS CUADRO N.°. 1. DIFERENCIA ENTRE LA REVALUACIÓN NETA Y EL SUPERÁVIT POR REVALUACIÓN 8 CUADRO N.°. 2. EJEMPLOS DE MOVIMIENTOS EN LOS QUE LA FANAL NO REGISTRA EL IVA EN LA ADQUISICIÓN Y MEJORA DE BIENES DURADEROS 9 - 2 - Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica http://www.cgr.go.cr/ Resumen Ejecutivo ¿QUÉ EXAMINAMOS? La auditoría tuvo como propósito anal ...
Fecha publicación: 02/11/2021
Fecha emisión: 28/10/2021
Institución: FABRICA NACIONAL DE LICORES (FANAL)
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Sostenible
Tipo documental: INFORMES DE FISCALIZACIONES
Proceso: AUDITORIA FINANCIERA
Año: 2021
Notas de remisión: 16765-2021  |  16772-2021  |  16768-2021  |  16761-2021  |  16763-2021


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo Sostenible Al contestar refiérase al oficio n.° 16765 28 de octubre, 2021 DFOE-SOS-0283 Señor José David Ruiz Piedra Administrador General FÁBRICA NACIONAL DE LICORES Estimado señor: Asunto: Remisión del Informe n.° DFOE-SOS-IF-00006-2021 sobre las situaciones significativas de control interno identificadas en la auditoría financiera de los estados financieros de la Fábrica Nacional de Licores al 31 de diciembre de 2020 Me permito remitirles el Informe n.° DFOE-SOS-IF-00006-2021, preparado por esta División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, en el cual se consignan los resultados de la Auditoría Financiera de los Estados Financieros de la Fábrica Nacional de Licores al 31 de diciembre de 2020. La información que se solicita en este informe para acreditar el cumplimiento de las disposiciones, deberá remitirse, en los plazos y términos fijados, a la Gerencia del Área de Seguimiento para la Mejora Pública del Órgano Contralor, observando los “Lineamientos generales para el cumplimiento de las disposiciones y recomendaciones emitidas por la Contraloría General de la República en sus informes de auditoría”, emitidos mediante Resolución n.° R-DC-144-2015, publicada en La Gaceta n.° 242 del 14 de diciembre del 2015. Al respecto, se le solicita, en su condición de destinatario de las disposiciones contenidas en los siguientes párrafos: n.° 4.7 al n.° 4.11, emitidas por esta Contraloría General en el citado informe de auditoría, remitir la indicación de un correo electrónico como medio oficial de notificación. Asimismo, se le recuerda que las disposiciones señaladas en el aparte 4 del informe de cita, son de acatamiento obligatorio y deberán ser cumplidas dentro de los plazos y términos conferidos para ello. En caso de que se incumpla con esas disposiciones en forma injustificada una vez agotado el plazo otorgado para cumplir con la disposición, este Órgano Contralor p ...
Fecha publicación: 02/11/2021
Fecha emisión: 28/10/2021
Institución: FABRICA NACIONAL DE LICORES (FANAL)
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Sostenible
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: AUDITORIA FINANCIERA
Año: 2021
Notas de remisión: 16772-2021  |  16768-2021  |  16761-2021  |  16763-2021


INFORME N.° DFOE-SOS-IF-00005-2021 27 de setiembre de 2021 INFORME DE OPINIÓN SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE LA FÁBRICA NACIONAL DE LICORES AL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 2021 INFORME DE OPINIÓN SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE LA FÁBRICA NACIONAL DE LICORES AL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 Señor Marlon Antonio Monge Castro Presidente Junta Directiva CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN INFORME DE AUDITORÍA FINANCIERA Opinión 1.1. La Contraloría General de la República realizó la auditoría de los Estados Financieros de la Fábrica Nacional de Licores (FANAL), la cual pertenece al Consejo Nacional de Producción (CNP) que la administra como una unidad adscrita de conformidad con el artículo 50 de la Ley n.° 2035. Esta auditoría comprendió el Balance de Situación Financiera al 31 de diciembre de 2020, el Estado de Rendimiento Financiero, el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y el Estado de Flujos de Efectivo, correspondientes al período terminado en dicha fecha, así como las notas explicativas de estos estados financieros. 1.2. En opinión de la Contraloría General de la República, debido a lo expresado en los párrafos de la sección Fundamento de la opinión adversa, los estados financieros examinados no se presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Fundamento de la opinión adversa 1.3. Respecto del saldo de las cuentas de Maquinaria, Equipo y Mobiliario por ?5.0931 millones, así como las de Terrenos y de Edificios por ?1.226 millones y ?5.474 millones, respectivamente, se utiliza el modelo de revaluación para medir el costo de sus bienes duraderos; no obstante, el último avalúo que realizó fue en el período 2012. Al respecto, la NIC 16: Propiedades, Planta y Equipo, establece que las revaluaciones deben realizarse con suficiente regularidad para asegurar que el importe en libros no difiera significativamente del que podría determinarse utilizando el valor razonable al ...
Fecha publicación: 30/09/2021
Fecha emisión: 27/09/2021
Institución: FABRICA NACIONAL DE LICORES (FANAL)
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Sostenible
Tipo documental: INFORMES DE FISCALIZACIONES
Proceso: AUDITORIA FINANCIERA
Año: 2021
Notas de remisión: 14425-2021


Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica R-DCA-00225-2021 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las doce horas once minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno.----------- RECURSO DE OBJECIÓN interpuesto por SEGURIDAD Y VIGILANCIA SEVIN LIMITADA en contra del cartel de la Licitación Pública No. 2021LN-000002-PV, promovida por la FÁBRICA NACIONAL DE LICORES (CONSEJO NACIONAL DE LA PRODUCCIÓN), para el servicio de vigilancia de instalaciones.-------------------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO I. Que el 12 de febrero de 2021, el objetante presentó ante la Contraloría General de la República recurso de objeción en contra del cartel de la Licitación Pública No. 2021LN-000002- PV, promovida por la Fábrica Nacional de Licores.------------------------------------------------------------ II. Que mediante auto de las 11 horas 22 minutos del 15 de febrero de 2021, esta División otorgó audiencia especial a la Entidad licitante para que se pronunciara sobre el recurso de objeción interpuesto. Dicha audiencia fue atendida mediante oficio No. GG-OFIC-143-2021 del 18 de febrero de 2021, el cual se encuentra incorporado al expediente digital de la objeción. ----- III. Que la presente resolución se emite dentro del plazo de ley, y en su trámite se han observado las prescripciones legales y reglamentarias correspondientes. ------------------------------ CONSIDERANDO I. SOBRE EL FONDO. 1) Condiciones Específicas. Educación secundaria. Indica el objetante que el cartel solicita que los agentes de seguridad tengan aprobado segundo año de educación secundaria. Menciona que ello no se justifica según las funciones a desarrollar, ya que con aprobar el cumplimiento el segundo ...
Fecha publicación: 26/02/2021
Fecha emisión: 23/02/2021
Institución: FABRICA NACIONAL DE LICORES (FANAL)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Año: 2021


Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica AUDIENCIA ESPECIAL CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las once horas veintidós minutos del quince de febrero de dos mil veintiuno ---------- RECURSO DE OBJECIÓN interpuesto por SEGURIDAD Y VIGILANCIA SEVIN LIMITADA, en contra del cartel de la LICITACIÓN PÚBLICA 2021LN-000002-PV promovida por el CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN (FANAL) para contratación de servicios de vigilancia de instalaciones de FANAL.------------------------------------------------------------------------------ De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 81 y 82 de la Ley de Contratación Administrativa, 178 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y 9 del Reglamento de Notificaciones de los productos que emite la División de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República se confiere AUDIENCIA ESPECIAL por el plazo de TRES DÍAS HÁBILES a la Administración licitante, para que se refiera por escrito DE MANERA AMPLIA Y BIEN FUNDAMENTADA a los argumentos expuestos por el objetante. El plazo conferido se contabiliza a partir del día siguiente al de la notificación de este auto. Asimismo, se advierte a la Administración que deberá remitir copia completa de la última versión del cartel de la contratación de conformidad con lo establecido en el artículo 10 inciso e) del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, y de ser necesario extender el plazo establecido para recibir ofertas, considerando el plazo que tiene este órgano contralor para emitir y notificar la resolución final. Para la contestación de la presente audiencia se le indica a la Administración que el recurso se encuentra disponible en el folio 1 el expediente digital de la objeción, documento ...
Fecha publicación: 15/02/2021
Fecha emisión: 15/02/2021
Documento: 02238-2021.pdf
Institución: FABRICA NACIONAL DE LICORES (FANAL)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUDIENCIA ESCRITA
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Año: 2021


1 2 Lic. Francisco Jiménez Villegas 20 de diciembre, 2002 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio Nº 16495 20 de diciembre, 2002 DI-AA-4151 Licenciado Francisco Jiménez Villegas Asesor Legal Fábrica Nacional de Licores Estimado señor: Asunto: Refrendo a la ampliación del contrato de servicios de publicidad, promoción, divulgación y asesoría Técnica en el área de mercadeo, celebrado entre el Consejo Nacional de Producción con la empresa Mc Erickson Centroamericana S.A. Damos respuesta a su Oficio N° AL-N° 242-2002 de 18 de noviembre del año en curso, mediante el cual solicita el refrendo a la ampliación del contrato de servicios de publicidad, promoción, divulgación y asesoría Técnica en el área de mercadeo, celebrado entre ese Consejo con la empresa Mc Erickson Centroamericana S.A. Sobre el particular y una vez analizado el expediente de la contratación debemos indicarle lo siguiente: I. Antecedentes. 1. El contrato principal fue suscrito por las partes el 6 de setiembre del año 2001 y refrendado por esta Contraloría General el 1 de octubre del año 2001. 2. En la cláusula sexta del documento se establecía que el contrato tendría una vigencia de un año, contado a partir del refrendo de esta Contraloría General, pudiendo ser renovado por dos períodos iguales. 3. Mediante nota ADC N° 647-02 de 8 de noviembre del 2002, el Ing. Carlos Pacheco Chinchilla, Administrador de FANAL dirige un oficio a la gerencia general de la empresa en el que le señala que dada la vigencia del contrato, éste feneció el 1 de octubre del 2002 por lo que solicita le informe si está en disposición de ampliar el objeto del contrato al amparo de lo que dispone el artículo 14.5 del Reglamento general de la Contratación Administrativa 4. La empresa contratista por nota de fecha 8 de noviembre del 2002, manifiesta que está en disposición de ampliar el objeto del contrato al amparo de la norma aludida ...
Fecha publicación: 23/12/2002
Fecha emisión: 20/12/2002
Documento: 16495-2002.doc
Institución: FABRICA NACIONAL DE LICORES (FANAL)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2002


1 2 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase Al No. 15592 9 de diciembre, 2002 DAGJ-2033-2002 Ingeniero Carlos Cruz Chang Administrador General FÁBRICA NACIONAL DE LICORES Estimado señor: Asunto: Se concede autorización para arrendar directamente tanques de almacenamiento para alcohol a los ingenios Taboga S.A. y Catsa S.A., por un plazo de 4 meses y un monto total de ¢5.880.000 Nos referimos al oficio AL. No. 247-002 del 19 de noviembre del presente año, suscrito por el anterior Administrador General ingeniero Carlos Manuel Pacheco Chinchilla, mediante el cual solicita nuestra autorización para arrendar directamente tanques de almacenamiento para alcohol a los ingenios Taboga S.A. y Catsa S.A., por un plazo de 4 meses, a razón de ¢735.000 mensuales a cada uno, sea un monto total de ¢5.880.000. I. Justificación de la solicitud. 1) FANAL ejerce en el país un monopolio respecto a la elaboración, producción y comercialización de alcohol etílico para uso industrial y licorero y de ron. 2) La elaboración de sus productos se realiza con base en alcohol que se le compra a los ingenios Taboga S.A., y Catsa S.A, únicos en el país con capacidad para la producción de alcohol. 3) De conformidad con los dispuesto en el artículo 443, inciso d) del Código Fiscal, los ingenios que producen alcohol en el país, están obligados a vender exclusivamente a FANAL sus productos cuando sean para consumo interno. 3) Para el año 2003 se requiere la adquisición de 2.1 millones de litros de alcohol tipo B a cada uno de los referidos ingenios, sea un total de 4.2 millones de litros. 5) En esos dos ingenios existen limitantes respecto de la capacidad de almacenamiento de alcohol una vez que comienzan el proceso productivo del alcohol, pues no cuentan con tanques que permitan su almacenamiento mientras ...
Fecha publicación: 13/12/2002
Fecha emisión: 10/12/2002
Documento: 15592-2002.doc
Institución: FABRICA NACIONAL DE LICORES (FANAL)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
Año: 2002


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS AGROPECUARIOS Y DE MEDIO AMBIENTE Al contestar refiérase al oficio Nº DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS AGROPECUARIOS Y DE MEDIO AMBIENTE Al contestar refiérase al oficio Nº 15663 11 de diciembre, 2002 FOE-AM-614 Ingeniero Carlos Cruz Chang Administrador General Fabrica Nacional de Licores Estimado señor: Asunto: Se deniega solicitud para presentar modificación presupuestaria en forma extemporánea. Por indicación de la Gerencia de División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, damos respuesta al oficio D.F: 1205 de fecha 4 de diciembre mediante el que solicita nuevamente presentar para su tramite una modificación externa en forma extemporánea con el propósito de ajustar el contenido presupuestario en la subpartida por concepto de “comisiones”, al respecto le indicamos que no es posible acceder a lo solicitado, en vista de la prioridad y programación que esta División de Fiscalización mantiene, en aras de cumplir con el precepto constitucional contenido en el artículo 184 de la Constitución Política de la República de Costa Rica referente a examinar, aprobar o improbar los presupuestos (en este caso los ordinarios) correspondientes al ejercicio de 2003. En este sentido y con el propósito de programar, entre otras cosas, la carga de trabajo que debe realizar este órgano contralor durante el cuarto trimestre de cada año, debemos apegarnos a las disposiciones sobre la presentación de documentos presupuestarios, relativas tanto a los requerimientos de información, como sobre los plazos de presentación de los documentos, es así como se ha comunicado a las distintas entidades y órganos, mediante la Circular 14919 de diciembre de 1994, que la Contraloría General recibiría los presupuestos extraordinarios y las modificaciones externas en el periodo comprendido entre el 1° de enero y el 30 de setiembre de cada año. En este caso particular, correspo ...
Fecha publicación: 13/12/2002
Fecha emisión: 10/12/2002
Documento: 15663-2002.doc
Institución: FABRICA NACIONAL DE LICORES (FANAL)
Emite: HIST. SERVICIOS AGROP. Y DE MEDIO AMB.
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
Año: 2002


DIVISION DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES PAGE 2 Licda. Eduviges Zúñiga Vásquez 26 de setiembre, 2002 Al contestar refiérase al oficio Nº 11513 26 de setiembre, 2002 DI-AA-3011 Licenciada Eduviges Zúñiga Vásquez Asistente, Asesoría Legal Fábrica Nacional de Licores Estimada señora: Asunto: Criterio en relación con la fórmula matemática de revisión del precio, según contrato suscrito entre ese Fábrica y la empresa Limpiolín S.A. Nos referimos a su oficio No. AL No. 168-02 de 30 de agosto del año en curso, recibido por este Órgano Contralor el 03 de setiembre último, mediante el cual nos remite para su aprobación, la fórmula matemática de revisión del precio, incluida en el segundo addendum al contrato de servicios de limpieza, suscrito entre esa Institución y empresa Limpiolin Sociedad Anónima. Sobre el particular me permito comunicarle, luego de la revisión pertinente se encontró que, nuevamente, la misma no se ajusta a los requerimientos que sobre el particular establece esta Contraloría General por cuanto: 1. Al sumar los porcentajes asignados a los elementos que componen el precio, no totalizan el 100%. 2. El porcentaje asignado al elemento “Utilidad”, resulta sumamente bajo, si se compara con el porcentaje que le asignan otras empresas que se dedican a la prestación del mismo servicio, a no ser que se nos justifique adecuadamente. Así las cosas, para que la fórmula matemática pueda ser aplicada, deberán realizarse las citadas correcciones, todo lo cual deberá plasmarse en el addendum respectivo, y ser remitido nuevamente a este Órgano Contralor para la aprobación correspondiente En este sentido, no omitimos señalar que esta Unidad esta en la mayor disposición de darle un trámite expedito a su futura gestión. Atentamente, Lic. Juan Gerardo Jiménez Jiménez, MBA Fiscalizador Anexo: Un expediente JGJJ/sms ci: Archivo Central Ni: ...
Fecha publicación: 29/09/2002
Fecha emisión: 26/09/2002
Documento: 11513-2002.doc
Institución: FABRICA NACIONAL DE LICORES (FANAL)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
Año: 2002


1 2 Licda. Eduviges Zúñiga Vásquez 16 de mayo, 2002 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio Nº 05535 16 de mayo, 2002 DI-AA-1534 Licenciada Eduviges Zúñiga Vásquez Asesoría Legal Fábrica Nacional de Licores Estimada señora: Asunto: Contrato de servicio de transporte de personal suscrito con la empresa RIBASA S.A. Damos respuesta a su oficio No. 063-02 del 02 de abril del año en curso, recibido por este Órgano Contralor el 10 de abril último, mediante el cual nos remite para trámite de refrendo el contrato de servicio de transporte de personal suscrito entre el Consejo Nacional de Producción, División Fábrica Nacional de Licores y Servicios Especiales de Autobuses RIBASA Sociedad Anónima, así como un Addendum al mismo. Una vez revisada la contratación de mérito así como los documentos que constan en el expediente aportado, procedemos a indicar lo siguiente: Tal y como lo indicara este Órgano Contralor al Consejo Nacional de Producción en el oficio No. 1615 del 10 de febrero de 1993, al darse el traslado de la sede de FANAL del Área Metropolitana a Grecia en 1993, se tiene por demostrado la existencia de un ius variandi en las condiciones laborales de los funcionarios que trabajaban para la Institución en ese entonces. Ahora bien, es justamente ese ius variandi lo que constituye fundamento legal para que la Institución procediera a dar el servicio de transporte gratuito a sus empleados, como una forma de compensar los perjuicios causados a aquellos trabajadores que en su oportunidad se vieron afectados por el traslado de sede. Con base en estas consideraciones, este Despacho procede a devolver la contratación de mérito con el refrendo correspondiente. Sin embargo, dicha aprobación se otorga condicionada a las siguientes observaciones: 1. Por la misma razón que da fundamento a la contratación, se advierte que dicho servicio de transporte será procedente en el tanto su ...
Fecha publicación: 19/05/2002
Fecha emisión: 16/05/2002
Documento: 05535-2002.doc
Institución: FABRICA NACIONAL DE LICORES (FANAL)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2002